Micelio
Auto23 de julio de 2026

A-974 de 2026

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 005 Administrativo de Florencia, Caquet�, y el Juzgado 001 Civil del Circuito Especializado en Restituci�n de Tierras de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Civil del Circuito Especializado en Restituci�n de Tierras de Florencia, Caquet� es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso la se�ora Neyla Parra de Correa contra la Unidad Administrativa Especial de Gesti�n de Restituci�n de Tierras Despojadas.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretar�a General, REMITIR el expediente CJU-7410 al Juzgado 001 Civil del Circuito Especializado en Restituci�n de Tierras de Florencia, Caquet� para que proceda con lo de su competencia y les comunique la presente decisi�n a los interesados y al Juzgado 005 Administrativo de Florencia, Caquet�. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado Ausente con excusa ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] A pesar de que en el encabezado de la demanda se indica la referencia �REF: REPARACI�N DIRECTA�, el apoderado menciona expresamente en el cuerpo del texto que se trata de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. [2] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 1. [3] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 2. [4] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 1-2. [5] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 2. [6] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 2. [7] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 2. [8] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 2. [9] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 2. [10] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 2. [11] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 2. [12] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 3. [13] Resoluci�n RQ 01035 �Por la cual se inscribe una solicitud en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente� de la Unidad Administrativa Especial de Gesti�n de Restituci�n de Tierras Despojadas. [14] Resoluci�n RQ 00587 �Por la cual se decide sobre un recurso de reposici�n� de la Unidad Administrativa Especial de Gesti�n de Restituci�n de Tierras Despojadas. � [15] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 1. [16] Expediente digital CJU-7410, archivo �002ED_02DemandaNulidadyRes.pdf�, p. 1. [17] Expediente digital CJU-7410, archivo �005Autodeclarafa_NRD20250025300AutoDe�, p. 4. [18] �Por la cual se dictan medidas de atenci�n, asistencia y reparaci�n integral a las v�ctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones�. [19] Expediente digital CJU-7410, archivo �005Autodeclarafa_NRD20250025300AutoDe�, p. 2. [20] Expediente digital CJU-7410, archivo �005Autodeclarafa_NRD20250025300AutoDe�, p. 3. [21] Consejo de Estado. Secci�n Primera. Auto del 19 de enero de 2022. Rad. 11001-03-24-000-2018-00130-00. [22] Auto 2264 de 2023. [23] Expediente digital CJU-7410, archivo �18001312100120250026900--gUEjSJipbUaMBzKzr9kXg_Firmado.pdf�, p. 3-4. [24] Expediente digital CJU-7410, archivo �18001312100120250026900--gUEjSJipbUaMBzKzr9kXg_Firmado.pdf�, p. 2. [25] Expediente digital CJU-7410, archivo �18001312100120250026900--gUEjSJipbUaMBzKzr9kXg_Firmado.pdf�, p. 2. [26] Expediente digital CJU-7410, archivo �18001312100120250026900--gUEjSJipbUaMBzKzr9kXg_Firmado.pdf�, p. 2. [27] Expediente digital CJU-7410, archivo �18001312100120250026900--gUEjSJipbUaMBzKzr9kXg_Firmado.pdf�, p. 3. [28] Expediente digital CJU-7410, archivo �18001312100120250026900--gUEjSJipbUaMBzKzr9kXg_Firmado.pdf�, p. 3. [29] Expediente digital CJU-7410, archivo �02CJU-7410 Correo Remisoriopdf�. [30] Expediente digital CJU-7410, documento digital �D18001312100120250026900Notificacionesa423f8d2.pdf�. [31] � ARTICULO 241. A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [�] || 11. Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [32] Auto 155 de 2019. [33] Este elemento exige que la controversia sea suscitada por, al menos, dos autoridades que administren justicia, pertenezcan a diferentes jurisdicciones y reclamen o rechacen su jurisdicci�n sobre el asunto. [34] Seg�n este elemento, debe existir una causa judicial sobre la cual se suscite la controversia, es decir, que pueda verificarse que est� en desarrollo un proceso, un incidente o cualquier otro tr�mite de naturaleza jurisdiccional. [35] A partir de este elemento es necesario que las autoridades en colisi�n hayan manifestado, a trav�s de un pronunciamiento expreso, las razones de �ndole constitucional o legal por las cuales se consideran competentes o no para conocer de la causa. [36] Autos 2264 de 2023, 1353 de 2025 y 773 de 2025. [37] Ley 1448 de 2011, art�culos 1 y 3. [38] �ART�CULO 76. REGISTRO DE TIERRAS PRESUNTAMENTE DESPOJADAS Y ABANDONADAS FORZOSAMENTE. (�) La inscripci�n de un predio en el registro de tierras despojadas ser� requisito de procedibilidad para iniciar la acci�n de restituci�n a que se refiere este Cap�tulo�. [39] Decreto 1071 de 2015, art�culo 2.15.1.6.7. [40] �ART�CULO 83. SOLICITUD DE RESTITUCI�N O FORMALIZACI�N POR PARTE DE LA V�CTIMA . Cum
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.